DECLARACION DE LA RENTA
Principales Novedades
DEDUCCIÓN POR INVERSIÓN EN VIVIENDA HABITUAL
Una de las novedades es que se eleva la base máxima a 9.040 euros en la deducción por inversión en vivienda habitual en los supuestos de adquisición o rehabilitación de vivienda y para las cantidades depositadas en cuenta vivienda, y a 12.080 euros en el caso de obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual por razón de discapacidad.
Además, hay una serie de cambios en la deducción por obras de mejora en la vivienda habitual, puesto que no se limitará a la vivienda habitual y contará con un colectivo mayor de potenciales beneficiarios tras elevar el límite anual de base imponible para acceder a la misma de 53.007,20 a 71.007,20 euros. Además, se mejora la cuantía de la deducción elevándose del 10% al 20% el porcentaje de deducción, y de 4.000 a 6.750 euros, la base anual máxima de deducción.
DEDUCCIONES POR ALQUILER
Por otro lado, quien viva de alquiler podrá deducirse hasta un 10,05% de la cantidad que haya pagado por su alquiler, siempre y cuando su renta sea inferior a 24.107 euros. También la base máxima de deducción crece ligeramente, aunque varía en función de los ingresos del inquilino.
En cuanto a los propietarios, este año verán libre de impuestos hasta el 60% de lo que hayan ingresado por el alquiler, aunque el porcentaje aumentará incluso al 100% para quienes tengan alquilada su casa a jóvenes de entre 18 y 30 años (35 años si se firmó el contrato antes de este año).
DEDUCCIONES POR DOBLE IMPOSICIÓN DE DIVIDENDOS
Asimismo, se han suprimido las deducciones por doble imposición de dividendos pendientes de aplicar al haber transcurrido el plazo límite de cuatro años desde 2006, así como la deducción por nacimiento o adopción, derogada desde el 1 de enero de 2011, entre otras cosas.
RENDIMIENTOS DE CAPITAL MOBILIARIO
Los ahorros también se han gravado en mayor medida en el último ejercicio, ya que aquellas cuantías que van hasta los 6.000 euros tuvieron que tributar al 19%, mientras que a partir de esa cantidad el tipo se elevó hasta el 21%.
ACABAN LAS ALERTAS POR SMS
En cuanto a las novedades efectuadas en el modelo de declaración para mejorar la gestión del impuesto, cabe destacar la supresión de la posibilidad de suscribirse a las alertas SMS a través del modelo, ya que a partir de 2012 las suscripciones a este servicio solo podrán realizarse por Internet.
Además, en el apartado relativo al borrador, el contribuyente no tendrá que cumplimentar las casillas del mismo para obtener su borrador o datos fiscales del ejercicio 2012, ya que podrá visualizarlos a través de Internet desde el primer día de la campaña y solo tendrá que cumplimentar las casillas de este apartado en el caso de que desee recibirlos por correo ordinario.
Otra novedad es que quienes el pasado año cobraron más de 120.000 euros verán elevado en un punto el tramo estatal de su IRPF, hasta el 22,5%, mientras que los que ganaron más de 175.000 anuales pagarán hasta el 23,5%.
RECUPERACIÓN DE PATRIMONIO
Por otro lado, la recuperación temporal del Impuesto de Patrimonio para los ejercicios 2011 y 2012 afectará este año a unas 160.000 personas, que deberán tenerlo en cuenta a la hora de revisar su borrador. Sólo estarán obligados a declarar por este impuesto quienes tengan un patrimonio global de más de un millón de euros.
En concreto, tendrán que hacerlo si el valor de su vivienda habitual supera los 300.000 euros y si la suma de sus ahorros, vehículos, acciones, joyas u otros bienes tiene un valor por encima de los 700.000 euros, cifra que varía en algunas comunidades autónomas.
PRIMERA CAMPAÑA SIN 'CHEQUE BEBÉ'
La Campaña de Renta 2011 será la primera que no incluye la deducción de 2.500 euros por nacimiento o adopción desde que fuera aprobada en el ejercicio 2007 y quedan libres de impuestos por el 40% de la cuantía hasta los 300.000 euros las rentas irregulares, aquellas ganadas de forma excepcional a raíz de la actividad laboral (bonus, opciones sobre acciones, indemnizaciones, premios de jubilación).
Quienes tienen que declarar ?
Se mantiene en 22.000 euros los rendimientos íntegros de los contribuyentes que no están obligados a presentar la declaración de la renta cuando procedan de un sólo pagador (si tienen más de un pagador la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes no puede superar los 1.500 euros), y en 11.200 euros la renta máxima anual que exime de esta obligación a los contribuyentes que tienen más de un pagador y siempre que la suma del segundo o de los restantes pagadores sea superior a 1.500 euros.
Sí están obligados a declarar aquellos contribuyentes que aún teniendo rentas del trabajo inferiores a los 22.000 euros anuales, se hayan aplicado deducciones por inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa, por doble imposición internacional, así como reducciones en la base imponible por aportaciones a planes de pensiones, a mutualidades de previsión social, a planes de previsión asegurados o a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad.
Aproximadamente el 70% de los Borradores realizados por la A.E.A.T no se ajustan a la situación del Contribuyente, la mayoría a favor de Hacienda.
Le recordamos que si necesita ayuda para revisar su borrador y preparar su declaración, puede consultarnos y les ofreceremos presupuesto sin compromiso.
Información y asesoramiento: www.iurisgestionintegral.com